Contribución de María Vazquez (12-06-2017): Nuevas reglas de juego de tributación. ¿Cambiamos o seguimos como veníamos?

María Vásquez, abogada argentina especializada en derecho tributario, nos hace llegar la siguiente contribución publicada originariamente en la Bolsa de Comercio de Córdoba, Argentina, para compartir con los miembros del fórum.

 

 

Nuevas reglas de juego de tributación. ¿Cambiamos o seguimos como veníamos?

 


Esta semana, más de 70 países y jurisdicciones (Argentina incluida), firmaron un acuerdo para reducir las oportunidades de evitar la evasión tributaria, vinculado a las “BEPS” , sigla en inglés referida a estas medidas tendientes a evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios mediante prácticas que se consideran abusivas.


La ceremonia de suscripción del Acuerdo Multilateral, tuvo lugar en París, durante la semana anual de la “OECD Week”, en la cual se debaten los grandes desafíos económicos a los que se enfrentan las sociedades actuales.


El tema es de suma actualidad y forma parte de las nuevas reglas de juego en materia económica –dentro de la cual están los impuestos-.


La semana pasada en el Congreso de la International Fiscal Association –región Latinoamérica- que tuvo lugar en la Ciudad de Buenos Aires, se dedicó gran parte del mismo a tratar directa o indirectamente la cuestión BEPS, que tiene necesariamente una serie de bemoles.


La OCDE viene trabajando en lo que se llama la “Acción 6” para “impedir la utilización abusiva de convenios fiscales”. Se plantea que las normas impositivas internacionales vigentes fueron confeccionadas para evitar la doble tributación. Sin embargo, estas mismas normas permitían, en algunos casos, que no se pagara en ningún lado. Este tema está en el tapete de un tiempo a esta parte.


Algunas empresas realizaron su planificación tributaria de acuerdo con las reglas de juego entonces vigentes, y el Fisco Nacional ha cuestionado algunas estructuras jurídico-empresariales por considerarlas abusivas, formulando millonarios ajustes fiscales. Existe un famoso precedente (Molinos) que hoy espera resolución de la Corte Nacional.


Quienes defienden este tipo de casos, alegan (entre otras razones), que no es justo aplicar reglas nuevas, a situaciones que tuvieron en cuenta el marco legal entonces vigente, o utilizar normas del derecho local para dejar sin efecto lo establecido en acuerdos internacionales con jerarquía superior a las leyes nacionales. Un tema que da lugar a amplios debates de los especialistas en la materia.


Lo cierto, es que en el documento referido al reciente acuerdo suscripto, que puede leerse en la página oficial de la OCDE, alude a que el Convenio marco va a reducir las oportunidades de evasión tributaria para las empresas multinacionales –no hace falta ser una gran empresa para tener radicación en varios países-, con acciones tendientes a fortalecer las provisiones para resolver las controversias relativas a la aplicación de tratados, reduciendo la doble tributación e incrementando la certeza tributaria.


El actual secretario general de la OCDE, el mexicano Angel Gurría, refirió a este evento, como un punto de cambio en la historia de los tratados.


Está claro que las reglas de juego están cambiando (desconocimiento de tratados firmados por aplicación de figuras de abuso del derecho, caso HSBC/Panamá Papers, blanqueos habidos y existentes a lo largo y ancho del planeta). 


Habrá que adoptar los recaudos para estar acordes a los nuevos signos de los tiempos; en un país “en vías de desarrollo”, con cuestionada seguridad jurídica, y una elevada presión tributaria nacional y local, y un debate sobre el rol del Estado y su gasto, que es cuestionado por sectores varios de la sociedad.

María Vazquez

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